Sábado, 28 de octubre 2023
ASESOR LEGAL DEL CLUB HUAMALÍES ENVÍA UN COMUNICADO CLARO Y CONTUNDENTE
Señores Asociados de la Asociación de Auxilios Mutuos Club Huamalíes, respecto al proyecto de estatuto del Club Huamalies, en efecto se procedió mediante la Asamblea General Extraordinaria, con la convocatoria del 25 de octubre presente con las formalidades permisibles del estatuto vigente.
Cuyo selecto equipo de
trabajo data desde la Asamblea General Extraordinaria de setiembre del 2022 y
sus varíantes según coyuntura estructural, con la información y aprobación de
Asamblea General Extraordinaria de la referencia que tipifica la norma
estatutaria institucional.
El Proyecto del
estatuto del Club Huamalies puesta Asamblea General Extraordinaria, con el
dictamen de profesionales conocedores de la materia; tiene 9 capítulos y 86
artículos. Implementado por el sistema de Consejo Directivo, que es coherente a
la ley 29363 Ley de Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales del Perú
y al de registros públicos.
El anterior estatuto
data de 1981, invocado por el Sistema de Junta Directiva, qué era vigente para el
tiempo y espacio requerido; donde intervinieron ilustres abogados: Dr. Javier
Laguna QEPD; Dr. César Calderón De La Barca, QEPD y la Dra. Luz Merino. Nuestra
gratitud permanente para ellos.
Todos concordantes con
las labores del principio básico "IDENTIDAD HUAMALIANA", impulsado
por nuestros venerables investigadores Dr. Willelmo Mauricio Robles González y
el Dr. Salustio Maldonado. El mismo ideal lo tuvo nuestro preclaro Magister
Jorge Robles Vergara qué impulso la concretización del estatuto de la
Asociación de Auxilios Mutuos Club Huamalíes en 1981, válido en su espacio y
tiempo histórico.
El proyecto del
estatuto del Club Huamalies aprobado tiene referencia en su contexto la vigencia
a la ley 29363 y su reglamento.
Es así que configurara
en su artículo uno, lo determinante. EL CLUB HUAMALIES ES UNA ASOCIACIÓN
AUTÓNOMA CON PERSONERÍA JURÍDICA DE DERECHO PRIVADO, SIN FINES DE LUCRO, SE
RIGE EN COHERENCIA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, EL CÓDIGO CIVIL Y EL
PRESENTE ESTATUTO; ASÍ MISMO DE LA LEY 29363 Y REGLAMENTO DE CLUBES
DEPARTAMENTALES, PROVINCIALES Y DISTRITALES DEL PERÚ.
Cabe acotar así mismo
respecto al artículo 67 EL LOCAL
INSTITUCIONAL UBICADO EN LA CALLE AVIACIÓN NÚMERO 151, URBANIZACIÓN MIRA MAR, DISTRITO
DE SAN MIGUEL PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, ES DE PROPIEDAD INTANGIBLE DE
LA INSTITUCIÓN, ESTANDO PROHIBIDA SU ENAGENACION Y/O GRAVAMEN POR HIPOTECA U
OTROS ACTOS DE TRANSFERENCIA O GARANTÍA QUE AFECTEN LA PROPIEDAD DEL CLUB
HUAMALIES.
Es así que cabe acotar
qué en el artículo 84 del estatuto de la referencia una vez aprobado por la
Asamblea General Extraordinaria inscrito en registros públicos queda sin efecto
el estatuto que regia la marcha con el nombre de Asociación de Auxilios Mutuos
Club Huamalíes. Es así que en su oportunidad se publicitarán el estatuto del
actualizado Club Huamalies.
El muy conocido y
destacado abogado Eladio Víctor Romero Pérez, estuvo vigente en la elaboración
del presente estatuto desde sus inicios desde la conformación de comisiones
respecto a la elaboración del estatuto del Club Huamalies con el principio
básico de la IDENTIDAD HUAMALIANA, en coherencia al debido proceso y al derecho
a la defensa consagrado en el artículo 139 inciso 3 y 14 de la Constitución
Política del Perú y a fines como la elaboración del dictamen y puesta a
conocimiento en Asamblea General Extraordinaria del 25 de octubre presente.
Y, por último, cave
destacar el reconocimiento y gratitud al actual Presidente de la Asociación de
Auxilios Mutuos Club Huamalíes Sr. Profesor NIWEL DAVILA PICON y su esforzada
junta directiva qué ha posibilitado el cambio histórico del nuevo estatuto
institucional qué entrará en vigencia.
POST DATA
Como una atingencia a este comunicado, primero felicito al Dr. Romero su manifiesto claro y conciso, quienes objetamos el procedimiento para tratar un asunto de tanta trascendencia y que no era lo correcto, no somos obstruccionistas ni saboteadores como por ahi nos calificaron, de igual modo este portal es independiente y objetivo en muchas ocasiones ha servido de vocero de las actividades del club.
Como manifesté en mi comentario en este portal, los asociados fuimos sorprendidos cuando nos convocan a una asamblea extraordinaria para aprobar un proyecto de cambio o modificación de estatuto, la asamblea no eligió esta comisión de trabajo, segun refiere data desde setiembre 2022;bueno en fin se han rectificado y han empezado desde el primer paso con una convocatoria dia y hora inapropiado como si se tratara de una asamblea vecinal porqué será?.
En la majesa de su comentario el Dr. Romero enaltece la identidad huamaliana del selecto equipo de trabajo nos hubiera gustado que diga el nombre de esos huamalianos de educada concepción. Cambio y adecuación justo y necesario, que mejor oportunidad para corregir errores del pasado que nos llevó al cadalzo, el Club Huamalíes necesita una reingenieria con una concepción de una gestión pluralista, empresarial que el presidente sea un CEO el director ejecutivo, un lider que diseñe y aplique estrategios con visión de club provincial, es fundamental en una institución la integración, el trabajo en equipo que da confianza y credivilidad, la alternancia y renovación de cuadros le da sostenibilidad ojalá prevalesca el art. 50 del estatuto antiguo y no aplicado por las directivas de turno, el Comité de Jóvenes como órgano de apoyo. tenemos a profesionales jóvenes huamalianos e hijo de huamalianos, al Grupo Llactaruna que siempre molestamos su participación, los Galácticos, las Pallas que esperan ser admitidos.
Esperamos que este paso trascendental como califican pletóricos los voceros del consejo directivo no sea una victoria pírrica, es el inicio el trámite final es cuando es registrado con sello y firma en la SUNARP, mientras tanto corresponde el mes de noviembre la convocatoria a elecciones.
Por: Ernesto Trujillo Amado
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