Consejo Regional rechaza pedido de vacancia presentado en contra del gobernador Juan Alvarado
Por mayoría de votos, el Consejo Regional de Huánuco rechazó que se admita a trámite el pedido de vacancia en contra del gobernador regional, Juan Alvarado, presentado por los consejeros Juan Ferrer Fabián y Rolando Flores Martín. Fueron 16 quienes votaron porque se archive y solo tres votaron porque pase a debate la solicitud.
Ferrer y Flores sostuvieron que la autoridad regional carece de autoridad moral, debido a los escándalos de presuntos actos de corrupción suscitados durante la gestión de la emergencia por la Covid-19, y por supuesta incapacidad de ejecución presupuestal, así como por desacato a las ordenanzas regionales.
Los 16 consejeros que votaron en contra de la admisión el pedido de vacancia, por su lado, coincidieron en sustentar su decisión, en que el pedido no se ajusta a las causales de vacancia vigentes en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Los otros tres, además de Ferrer y Flores, el consejero por Pachitea Rubén Loreña Crisóstomo, indicaron que no están de acuerdo con la gestión de Juan Alvarado.
INTERVENCIONES. Durante su intervención, el consejero por la provincia de Huánuco, Juan Ferrer Fabián, basó su pedido planteado el 11 de junio, en el hecho de que Alvarado reconoció la participación del esposo de su sobrina en un proceso de contrataciones con la Red de Salud de Huánuco. “He encontrado indicios de irregularidades”, dijo.
Por su lado, el consejero por la provincia de Leoncio Prado, Rolando Flores Martín, sustentó su pedido señalando que la gestión Alvarado tiene actos de corrupción comprobables, como el presunto direccionamiento de compra de insumos y otros. “Existe incapacidad mental del gobernador”, expresó, quien fue el segundo en presentar el pedido de vacancia en contra de la primera autoridad regional.
Flores Martín, dijo, además, conocer que el mandatario regional tiene diez procesos judiciales por presuntos actos de corrupción.
En su defensa, Juan Alvarado se ciñó a pedir pruebas sustentatorias de los presuntos actos de corrupción que cometió. “Puedo meter la pata, pero no la mano”, reiteró su frase para indicar en la sala que está dedicado a trabajar. Además, refirió que nunca podrán encontrar un acto de corrupción que cometió o que lo califiquen de desleal.
Cabe mencionar que, la autoridad regional asistió a la sesión de consejo en compañía de dos abogados, uno de ellos su sobrino y ex candidato al Congreso de la República, Romel Alvarado.
RECHAZO. Durante la abrupta sesión de concejo dirigido por el consejero delegado Pedro Iván Albornoz, expresaron su rechazo a la moción, los consejeros Amancio del Águila, Américo Cárdenas y Antoni Valenzuela, quienes refirieron que la solicitud de vacancia es una cortina de humo para ganar réditos políticos con miras a las próximas elecciones, pues la petición carece de sustento legal y solo responde a una intencionalidad política.
Valentín Salazar, consejero por Dos de Mayo y Johan Aguirre, consejero por la provincia de Marañón, participaron de la sesión en forma virtual. Ambos, forman parte de las 16 autoridades regionales que no admitieron a trámite el pedido vacancia.
Américo Cárdenas, consideró que “si la solicitud de vacancia hubiera sido por incapacidad mental, o por condena consentida, estoy seguro que la mayoría hubiera estado de acuerdo”.
Tras unas cuatro horas de debate, la moción pasó al archivo de Consejo Regional. Sin embargo, al finalizar la sesión, el consejero Juan Ferrer, anunció que presentara una apelación, pues hoy no se habría respetado el proceso de su pedido, estipulado en el artículo 14 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco.
Mientras se desarrollaba la sesión, en los exteriores del auditorio de la Dirección Regional de Transportes, dos grupos de personas; uno en contra de Juan Alvarado y otro a su favor, protestaban con pancartas en mano.
CAUSALES. El cargo de gobernador, vicegobernador o consejero se declara vacante por el Consejo Regional, si la autoridad ha incurrido en alguna de las cinco causales establecidas en el artículo 30º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y quien los solicite cumpla con presentar la documentación probatoria requerida por cada una de ellas: fallecimiento, incapacidad física o mental permanente debidamente acreditada por el organismo competente y declarada por el Concejo Regional; condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad; dejar de residir de manera injustificada hasta un máximo de 180 días en la región o por un término igual al máximo permitido por Ley para hacer uso de licencia; e inasistencia injustificada al Consejo Regional
FUENTE; Tu Diario
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