miércoles, 5 de diciembre de 2018

ORBITA HUAMALIANA

Míercoles, 5 de diciembre 2018
 CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS DE CLASE 2019 El domingo 25 de noviembre de 2018 se publicó la Resolución Ministerial Nº 647-2018-MINEDU que aprueba las normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria (para el caso de EBR) y del ciclo avanzado (para el caso de EBA) para el año 2019.
En la norma mencionada se aprecia que el próximo año 2019 se aplicará el Currículo Nacional de la Educación Básica en el nivel de secundaria en EBR y en el ciclo avanzado de EBA; esto trae algunos cambios en las horas de las áreas curriculares del plan de estudio de las IIEE comprendidas en la JER (Jornada Escolar Regular), tal como se muestra en el siguiente cuadro comparativo: Plan de Estudios 2018 (DCN)/horas R.S.G. Nº 360-2018-MINEDU Plan de estudios 2019 (CNEB)/horas R.M. Nº 647-2018-MINEDU Diferencia de horas.

 
* 02 horas para Comunicación.
* 01 hora para Comunicación.
* 02 horas para Matemática


Al incrementarse horas en algunas áreas curriculares, las horas de libre disponibilidad disminuyen; pero si en el año 2018 sumamos las horas de las tres áreas curriculares correspondientes a los profesores de la especialidad de ciencias sociales vemos que estas suman 7 horas, a diferencia de la suma de horas de las dos áreas curriculares correspondientes a los profesores de la especialidad de ciencias sociales para el próximo año 2019, que es de 6 horas.
Al parecer esta diferencia de -1 hora ocasionaría excedencia en los profesores de la especialidad de ciencias sociales a menos que las horas para el desarrollo de sesiones de aprendizaje (dictado de clases) la completen sólo hasta 24 horas. Recordemos que los profesores tienen una jornada de trabajo de 30 horas, destinando HASTA 26 horas al trabajo en aula de acuerdo al plan de estudio, es decir que pueden tener 24, 25 o 26 horas para el desarrollo de sesiones de clases (numeral 6.2 de la R.M. Nº 647-2018-MINEDU).
Pero si la Unidad Ejecutora correspondiente indica verbalmente que los profesores deben de tener de todas maneras 26 horas para el desarrollo de sesiones de aprendizaje, condicionando a los directores de las IIEE a la aprobación de sus respectivos cuadros de distribución de horas, esto con toda seguridad sí ocasionaría excedentes en las instituciones educativas. Posiblemente esto lo hagan con la finalidad de que no se generen horas por diferencia del plan de estudios (bolsa de horas), pudiendo asignar hasta 26 horas a los profesores nombrados y de esta manera no generar contratos; pero antes de pensar en ahorrar presupuesto, a pesar que estas horas ya se encuentran presupuestadas, se debe de pensar en NO generar profesores excedentes.
Otro aspecto importante que hay que tomar en cuenta es que en la norma para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas 2019, especifica que “El aumento de horas en las áreas de Inglés, Arte y Cultura y Educación Física se implementará en aquellas IIEE que cuenten con las condiciones para la ampliación de la carga horaria, caso contrario las horas incrementadas pasaran a formar parte de las horas de libre

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