domingo, 3 de noviembre de 2019

ORBITA NUAMALIANA

Domingo, 3 de nov. 2019
 CULTURAL
      Ministerio del Ambiente
  Misión


Asegurar el uso sostenible, la conservación de los recursos naturales y la calidad ambiental en beneficio de las personas y el entorno de manera normativa, efectiva, descentralizada y articulada con las organizaciones públicas y privadas y la sociedad civil, en el marco del crecimiento verde y la gobernanza ambiental.
Visión
Un país moderno que aproveche de forma sostenible sus recursos naturales, sin dejar de preocuparse por conservar el ambiente, conciliando el desarrollo económico con la sostenibilidad ambiental en beneficio de sus ciudadanos.

Objetivos
Considerando que el accionar del MINAM se enmarca en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) hacia el 2030 de las Naciones Unidas y la implementación de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se ha planteado como ejes estratégicos los enfoques de Perú Limpio y Perú Natural, los cuales buscan promover el desarrollo y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, para la conservación del ambiente y crear conciencia en la población. Tales enfoques se traducen en siete lineamientos prioritarios de la gestión:
a.     Aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica y, en particular, de los bosques
b.     Adaptación y mitigación al cambio climático
c.      Manejo eficiente de los residuos sólidos
d.     Gestión integral marino-costera
e.     Prevención, control de la contaminación y eco-eficiencia
f.       Adecuación de la institucionalidad ambiental
g.     Implementación de la política ambiental
Estos serán alcanzados a través del cumplimiento de los objetivos estratégicos plasmado en el Plan estratégico institucional del MINAM los cuales son:
OEI1: Asegurar la gestión sostenible de la diversidad biológica y los servicios ecosistémicos en el marco del uso sostenible y la conservación de la funcionalidad de los mismos.
OEI2: Incrementar la recuperación, rehabilitación y restauración de los ecosistemas, eOEI3: Incrementar la capacidad adaptativa y resiliencia de los medios de vida, ecosistemas y Servicios ecosistémicos de la población, frente a los efectos adversos y oportunidades del cambio climático, y riesgos naturales y antrópicos.
OEI4: Promover la captura de carbono y la reducción de las emisiones de GEI a nivel país de los sectores y servicios productivos.
OEI5: Fortalecer la gestión de la calidad ambiental del aire, agua, suelo y del manejo de residuos sólidos y sustancias químicas.
OEI6: Incrementar el enfoque de ecoeficiencia y producción ambientalmente responsable en las entidades del Sector Público y Privado.
OEI7: Fortalecer el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) con la participación articulada de las instituciones públicas, sector privado y sociedad civil en el marco del crecimiento verde.
OEI8: Promover una mayor y mejor cultura, educación y conocimiento ambiental de los ciudadanos, instituciones públicas, sector privado y sociedad civil.
OEI9: Fortalecer la institucionalidad ambiental con enfoque en el logro de resultados, descentralización y satisfacción del ciudadano.
Funciones del Ministerio del Ambiente (Decreto Supremo N°002-2017-MINAM)
Son funciones rectoras del Ministerio del Ambiente:
a.     Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional del Ambiente, aplicable a todos los niveles de gobierno.
b.     Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el régimen de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previsto por la Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611).
c.      Coordinar la implementación de la Política Nacional Ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
d.     Prestar apoyo técnico a los gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones transferidas en el marco de la descentralización.
especies y servicios eco sistémicos degradados.
Funciones Técnico-Normativas
a.      
a.     Aprobar las disposiciones normativas de su competencia.
b.     Coordinar con el ente rector del sistema administrativo de defensa jurídica del Estado y asegurar el funcionamiento del la Procuraduría Pública como órgano de defensa jurídica.
c.      Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a ley.
d.     Resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones y los actos administrativos relacionados con sus competencias.
e.     Promover la solución de conflictos ambientales a través de los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, constituyéndose en la instancia previa obligatoria al órgano jurisdiccional en materia ambiental.
f.       Formular y aprobar planes, programas y proyectos en el ámbito de su sec
Funciones Específicas
1.      
a.     Formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental.
b.     Dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA).
c.      Establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el Ordenamiento Territorial Ambiental en coordinación con los tres niveles de gobierno, y conducir su proceso.
d.     Elaborar los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con los planes respectivos, los cuales deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados mediante Decreto Supremo, refrendado por los sectores vinculados.
e.     Aprobar los lineamientos, las metodologías, los procesos y los planes para la aplicación de los ECA y LMP en los diversos niveles de gobierno, de acuerdo a la normatividad vigente y en coordinación con los sectores correspondientes.
f.       Dirigir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA).
g.     Establecer los criterios y procedimientos para la formulación, coordinación y ejecución de los planes de descontaminación y recuperación de ambientes degradados.
h.     Dirigir el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) de carácter nacional.
i.       Evaluar las propuestas de establecimiento de áreas naturales protegidas y proponerlas al Consejo de Ministros para su aprobación.
j.       Implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales.
k.      Promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire, el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes y sancionar su incumplimiento.
l.       Supervisar el funcionamiento de los organismos públicos adscritos al sector y garantizar que su actuación se enmarque dentro de los objetivos de la Política Nacional Ambiental.
m.    Formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica.
n.     Promover la investigación científica, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios.
o.     Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar una cultura ambiental nacional.
p.     Elaborar el informe sobre el estado del ambiente y la valoración del patrimonio natural de la nación.
q.     Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias, aplicando las sanciones de amonestación, multa, decomiso, inmovilización, clausura o suspensión por las infracciones a la legislación ambiental y de acuerdo al procedimiento que se debe aprobar para tal efecto, ejerciendo la potestad de ejecución coactiva en los casos que corresponde.
r.       Declarar emergencias ambientales, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), el Ministerio de Salud, los gobiernos regionales y gobiernos locales u otras entidades competentes y disponer su prórroga o levantamiento, según corresponda.
s.      Revisar aleatoriamente los estudios de impacto ambiental aprobados por las autoridades competentes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento y transparencia del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.
t.       Aprobar las Evaluaciones Ambientales Estratégicas de políticas, planes y programas del ámbito sectorial, regional y local.
u.     Coordinar y hacer seguimiento, en su rol de ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, del adecuado ejercicio de las competencias ambientales en los diversos niveles de gobierno.
v.      Las demás funciones que señale la normativa aplicable.

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